Feminismos y Trabajo: de la primera Huelga Feminista a una agenda de trabajo amplia

Desde 2016, masivamente el 8 de marzo volvió a ser un día de lucha por nuestros derechos laborales atravesados por la desigualdad de género.

Luego del impulso que tomó el movimiento feminista en Argentina, tras el primer Ni una Menos del 3 de junio de 2015, el 8 de marzo siguiente tomó otras características en nuestro país, más parecidas al acontecimiento que encarna su conmemoración, cuando 129 mujeres murieron en 1908 en un incendio provocado por su empleador en la fábrica Cotton, en Nueva York.

Desde el 8 de marzo de 2016, la jornada comenzó a denominarse “Paro de Mujeres y disidencias” o “Huelga feminista”, con un movimiento interseccional en el que las demandas de género se imbricaron con las del mundo del trabajo. Cabe mencionar dos puntos importantes en este reencuentro entre demandas de género y mundo laboral: en primera instancia, la dimensión de visibilizar al trabajo en sentido amplio, de poder reconocer a aquellas relaciones que se establecen en ámbitos de trabajo no asalariado, o bien no mediados por dichas relaciones, tal como nos invita a reflexionar De la Garza Toledo (2011) con su concepción de “trabajo no clásico”, refiriendo a la extensión de las actividades no asalariadas, así como la extensión de trabajos informales, precarios, inseguros, flexibles, no estructurados, atípicos. En segunda instancia, la potencialidad que brinda la negociación colectiva de trabajo para constituir normativa e institucionalidad laboral atravesada por la perspectiva de género.

Referida al primer punto, nuestro país, desde 2004, a partir de la modificación al régimen de jubilaciones y pensiones por el Decreto 1454, permitió que la política de previsión social reconociera como trabajo el que mayoritariamente las mujeres realizan en el hogar en tareas de cuidado y de reproducción de la vida, para que millones de personas pudieran acceder al derecho a una jubilación. Pero aún ese trabajo es parte del PBI no monetizado y no valorizado en nuestras sociedades. No es casualidad que durante el primer año del Paro Internacional de Mujeres en nuestro país se sancionara la Ley de Emergencia Social, que implicó la creación del Consejo de la Economía Popular, del Salario Social Complementario (SSC) y del Registro Nacional de Trabajadores de la Economía Popular (RENATREP): el salario social complementario es un ingreso mínimo para cada trabajador y trabajadora populares alcanzados por la normativa, que equivale a la mitad del Salario Mínimo Vital y Móvil, homologando la institucionalidad laboral de trabajadores y trabajadoras con empleo formal (Maldovan Bonelli, 2020). Por esta ley pudieron ser reconocidas en su labor trabajadoras populares organizadas que participan de espacios tales como comedores comunitarios, copas de leche, primera infancia e infinidad de organizaciones comunitarias.

El año 2017 fue impactante para el movimiento feminista de nuestro país por el femicidio de Micaela García, nombre que hoy lleva la ley gestada tras este episodio y que implica la capacitación en perspectiva de género. A partir de este hecho, a través de la herramienta paritaria y la negociación colectiva, la Licencia por Violencia de Género comienza a ser parte de uno de los organismos del Estado Nacional, a través de la Resolución 443-E/2017 del Ministerio de Seguridad de Nación, experiencia que comenzó a replicarse en otras paritarias.

En el año 2018 hubo un fuerte debate público y una articulación para el tratamiento de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que encontró a las mujeres sindicalistas con mayor unidad y coordinación: como la define Tali Goldman (2018), la “marea sindical”, un movimiento que impulsó en el sindicalismo la perspectiva de género para que las mujeres puedan opinar de toda la política gremial, y no solo de los “asuntos de mujeres” en las secretarías de “mujer y familia”, “género y derechos humanos”, “acción social” o “igualdad de oportunidades y género”. En esta marea sindical sindicalismo y feminismos se cruzaron, enfrentando las políticas neoliberales, en el Paro Internacional de Mujeres del 8 de marzo de 2018. Allí las mujeres sindicalistas marcharon en unidad y mostraron la transversalidad de la política feminista.

El año 2019, atravesado por la coyuntura electoral, implicó que la demanda feminista impactara en las plataformas electorales. Quien triunfó, Alberto Fernández, creó el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad. Y en 2020 se sancionó la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. También ese año, un grupo de diputadas sindicalistas, con la santafesina Patricia Mounier como autora, impulsó la adhesión de las entidades sindicales a la Ley de Capacitación obligatoria en perspectiva de Género, que fue aprobada y hoy es conocida como “Ley Micaela Sindical”. Al año siguiente se aprobó la Ley 27.636 de Cupo Laboral Travesti Trans, que ya se implementaba previamente por Resolución Ministerial en el Estado Nacional, y que en Santa Fe era normativa desde 2019, por la Ley 13.902, reglamentada en 2020. Este instrumento legal reconoce la profunda vulnerabilidad social que atraviesa al colectivo trans en Argentina y la necesidad de brindar la oportunidad de acceder al trabajo digno.

Durante el año 2022 entró en vigencia en Argentina el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo, que había sido ratificado por nuestro país en 2020 y que establece las pautas para erradicar la violencia de género y el acoso sexual de los ámbitos de trabajo. Si bien en la Ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres ya estaba contemplada la violencia laboral por razones de género, este convenio implica un desafío de adaptación normativa por paritarias a la multiplicidad de convenios colectivos de trabajo vigentes en nuestro país, algunos con mayores avances que otros, en la incorporación de licencias por razón de violencia de género, protocolos de abordaje y actuación frente a las violencias.

Por otro lado, aún se encuentra pendiente de tratamiento en el Congreso de la Nación el proyecto “Cuidar en Igualdad” que avanza en un reconocimiento de las tareas de cuidado como trabajo y que –de aprobarse– incorpora cambios en el régimen de licencias, para construir un esquema no sexista.

De acuerdo con los informes recientes del INDEC, la provincia de Santa Fe es uno de los territorios con mayor desigualdad laboral por razones de género, medida en una “brecha de género” que nos interpela: una diferencia salarial entre varones y mujeres del 29,4%. Los desafíos abiertos en el encuentro entre feminismos y trabajo son amplios, tanto en la institucionalidad laboral del empleo formal para adaptarse a las conquistas de derecho en materia de género, como en las dimensiones laborales de la economía popular, del cuidado y de las formas de trabajo precarias e informales.

 

Bibliografía

De La Garza Toledo E (2011): Trabajo no clásico, organización y acción colectiva. México: Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa, Plaza y Valdés.

Goldman T (2018): La marea sindical. Mujeres y gremios en la nueva era feminista. Buenos Aires, Octubres.

Maldovan Bonelli J (2020): “Las relaciones laborales en el trabajo asociativo y autogestivo. Reflexiones a partir del caso argentino”. Astrolabio, 24, UNC.

Spaltenberg R (2012): “La diversidad de los conflictos laborales: dispersión y centralización en las lógicas de acción de los asalariados privados”. La Plata, VII Jornadas de Sociología de la UNLP.

 

Franca Bonifazzi es docente de Teoría de las Relaciones del Trabajo en la Universidad Nacional de Rosario.

 

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